Reincidencia en actos anticipados de campaña podría afectar registro de candidaturas: TEV.

Xalapa, Veracruz a 17 de julio de 2026.- La reincidencia o la gravedad de las conductas relacionadas con actos anticipados de campaña podrían convertirse en un factor para afectar el registro de una candidatura, señaló el magistrado presidente del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), Gilberto de Jesús Salazar Ceballos.

Explicó que, una vez que una denuncia es investigada por la autoridad correspondiente y llega al Tribunal, éste determina si existió o no la infracción y, en su caso, impone la sanción que corresponda conforme a la legislación electoral.

El magistrado indicó que existe un registro de personas sancionadas por infracciones en materia electoral; sin embargo, aclaró que aparecer en dicho listado no implica automáticamente la pérdida del derecho a ser candidato.

Precisó que será la reincidencia o la gravedad de las conductas cometidas lo que eventualmente podría influir en la procedencia del registro de una candidatura.

«En caso de una reincidencia o de la gravedad de las conductas, podría ser un escenario», expresó.

Salazar Ceballos añadió que este registro funciona como un antecedente de la conducta de la persona, pero no opera de manera automática como una causa para negar una candidatura, a diferencia de otros padrones previstos por la legislación electoral.