La ley de Herodes en Boca del Río

Blanca Arguelles/ TVN Veracruz

Boca del Río, Veracruz a 25 de noviembre de 2019.- Al estilo de la “Ley de Herodes” en la dirección de Protección Civil de Boca del Río, se coacciona a empresarios, prestadores de servicios, instituciones, escuelas, etc., a caer en la red de un gran y jugoso negocio bajo el pretexto de “cumplir con la ley”

Bajo el amparo de la Ley 856 de Protección Civil y la Reducción de Riesgo de Desastres para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, desde la dirección de protección civil municipal, se desplazan a los distintos giros de negocios a “inspeccionar” desde la pequeña peluquería, hasta las constructoras, hoteles, restaurantes, y todo lo que se mueva para ver “cómo andan con el cumplimiento” de lo que la ley establece.

Si bien es cierto, la ley está diseñada para ofrecer su función en la materia de prevención de riesgos y para salvaguardar las vidas humanas; estos tipos han descubierto la mina de oro, aprovechando el desconocimiento de la ciudadanía en cuanto a lo que realmente establece la ley.

Cualquier empresario o institución que quiere cumplir con lo establecido en la ley (lo cual es muy loable), se ha topado con el “pequeño inconveniente” de que como dice el meme “pues muy bonito y todo, pero…si no es de mis cuates no vale…

Pero, ¿Cómo?

Así como lo lee, si bien la ley es para cumplirse y para el bien de todos los ciudadanos, hablando en el caso específico de la protección civil, no se ve el motivo por el cual no debieran hacerse las cosas que dice la ley, ¿cierto?

Hasta ahí parece que la autoridad solo hace su trabajo y para proteger y servir; pero ¿qué cree?, es como mirar a un lobo con piel de oveja.

Repetimos la ley debe cumplirse, de eso nadie se aparta, pero aquí viene lo bueno; ¿Qué pasa si la ley solo se usa para obligar a los empresarios (de cualquier tamaño) a que se hagan todos los trámites, desde un plan interno de protección civil, cursos de capacitación, emisión de dictámenes, etc., a que se haga a través de una lista de profesionales a modo y a precio de la dirección de protección civil?

¿A que le suena?

Pues difícil de creer, pero eso está pasando un día sí y otro día también en el brillante Boca del Río…

En la propia ley 856 se contempla la figura de “terceros acreditados”, que son esas personas formadas, capacitadas, certificadas y registradas ante la Secretaría de Protección Civil para poder realizar labores en este sentido; así se ganan la vida honesta y profesionalmente, para eso se capacitaron y pasaron una serie de pruebas y cubrieron requisitos de rigor para lograr su objetivo.

“Artículo 80. Los Terceros Acreditados son aquellas personas físicas o morales que prestan servicios profesionales en materia de protección civil, tales como asesoría, capacitación, estudios de riesgo, elaboración de programas internos y especiales, entre otros, y que están autorizados para emitir Carta de Corresponsabilidad.”

Pues al estilo de las películas de redes de negocios oscuros, desde la dirección de protección civil no solo se envían a “inspeccionar” las empresas, escuelas, negocios, etc., sino que si usted como buen ciudadano contrata los servicios de terceros acreditados, basta que no sea de la lista de los

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