Confirma la inexistencia de las infracciones consistentes en el uso indebido del programa social “Veracruz Comienza Contigo” atribuidas al Gobernador del estado.
Xalapa-Enríquez, Veracruz, a 8 de junio de 2017.- En la misma sesión pública, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 56 de este año, promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI); la Sala Regional Xalapa confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) en el procedimiento especial sancionador 29 de 2017, que determinó como inexistentes las infracciones consistentes en el uso indebido del programa social “Veracruz Comienza Contigo” atribuidas al Gobernador del estado de la citada entidad federativa a favor de Fernando Yunes Márquez, candidato de la coalición entre los partidos políticos Acción Nacional y de la Revolución Democrática a3 la presidencia municipal de Veracruz.
El Pleno de la Sala desestimó los agravios hechos valer por el PRI dado que, del análisis del expediente, se determinó que el Tribunal Electoral local hizo una correcta valoración de los informes con los que se pretendía demostrar la infracción denunciada, arribando a la conclusión de no acreditarla.
Asimismo, los magistrados desestimaron los agravios relativos al indebido análisis del padrón de beneficiarios del programa motivo del disenso, toda vez que el TEV no pudo pronunciarse sobre ello, dado que, a esa fecha, no existía dicho padrón.
Por último, los magistrados declararon fundado, por una parte, e inoperante, por el otro, el agravio respecto a la falta de exhaustividad del Tribunal por no pronunciarse sobre el parentesco filial del Gobernador del estado con el candidato Fernando Yunes Márquez, ya que si bien en la sentencia impugnada no se abordó tal tema, con ello no se demostró la utilización de recursos públicos a través del programa social “Veracruz Comienza Contigo”.
En la sesión pública de resolución de este jueves ocho de junio del presente año, se resolvieron 14 medios de impugnación; de los cuales, 11 fueron juicios ciudadanos, un juicio electoral y dos juicios de revisión constitucional electoral.