TEV confirma el acuerdo de la elección de Agentes y Subagentes Municipales de Amatlán de los Reyes Veracruz.

Xalapa, Ver., 06 de Abril de 2018.- En sesión pública programada para el día de hoy, los magistrados integrantes del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), resolvieron el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano JDC 36/2018, el cual fue promovido por candidatos al cargo de Agente Municipal, propietario y suplente, de la Congregación de Paraje Nuevo del Municipio de Amatlán de los Reyes, en contra de la asignación de colores de las planillas de candidatos, establecida en el acuerdo JME-04/2018, emitido por la Junta Municipal Electoral, para la elección de Agentes y Subagentes Municipales 2018-2022 del citado municipio.

Alegaron, que la Junta Electoral, arbitrariamente y sin transparencia, favoreció con el color verde a las fórmulas que tienen el apoyo del alcalde en turno. El TEV, declaró infundados los agravios de los actores, ya que, la asignación de los colores, de ninguna forma causó agravio a los impugnantes, ni mucho menos menoscabó su derecho político-electoral, en su vertiente de ser votado.

Dado, que la responsable, tenía plena libertad para decidir la forma en la que se realizaría la distribución, ya que no existe legislación que le imponga un procedimiento en concreto para realizarlo. Por tanto, la Junta Electoral determinó que el método de asignación de colores sería por orden de registro de las candidaturas, en sesión ordinaria el quince de marzo.

Por ello, mediante acuerdo JME-04/2018, de dieciocho de marzo, siguió el método antes mencionado para asignar los colores, por lo que se evidencia un correcto actuar de la responsable. Por lo que este Tribunal confirmó al acuerdo emitido por la Junta Municipal Electoral, en lo que fue materia de impugnación.

Inexistentes los hechos denunciados contra la Subdelegada de SEDESOL.

En otro tema, en el Procedimiento Especial Sancionador PES 9/2018 los Magistrados resolvieron declarar la inexistencia de las violaciones denunciadas por el Partido Revolucionario Institucional; en contra de Gabriela Rodríguez Salas, Servidora Pública de la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Veracruz, de la propia Dependencia; así como de Miguel Ángel Yunes Linares, Gobernador Constitucional del Estado de Veracruz, de Miguel Ángel Yunes Márquez, entonces precandidato a la Gubernatura del Estado; por el uso indebido de recursos públicos; y en contra de los Partidos Políticos Acción Nacional, Movimiento Ciudadano y de la Revolución Democrática.

El Partido quejoso señala que el día veintidós de febrero de este año, se realizó un evento, en el lugar denominado “Tío de la Loma”, de la colonia Buena Vista, en la ciudad de Xalapa, Veracruz, en el marco del programa de gobierno estatal “Veracruz Comienza Contigo”, llevado a cabo por la SEDESOL, en el que Gabriela Rodríguez Salas funcionaria pública de esa Dependencia, hizo entrega de despensas, para favorecer al candidato de la coalición “Por Veracruz al Frente”, cuestiones que, a su decir, generan inequidad en la contienda electoral que se desarrolla en la entidad y contravienen las normas electorales.

En el caso, del cumulo de pruebas aportadas, el evento señalado de entrega de apoyos alimentarios, fue realizado en el marco de la legalidad de dicho programa y sus correspondientes reglas de operación, es por ello que se declara la inexistencia de las violaciones objeto de denuncia.

Por otra parte, el quejoso aduce que existe indebida difusión del programa social, lo que tampoco se acredita, ya que el denunciante no aportó prueba alguna para demostrar que en la página de gobierno del Estado se haya promocionado indebidamente la entrega de apoyos alimentarios, máxime que si el evento se llevó a cabo el veintidós de febrero del presente año, el periodo de campaña electoral para gobernador no había comenzado, porque éste será del veintinueve de abril actual al veintisiete de junio siguiente, que es el periodo en el que la ley restringe la difusión de la propaganda gubernamental.

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